Retiro Especial de Unidades de Aprendizaje

Art. 128.- El retiro especial de todas las Unidades de Aprendizaje, será autorizado por el Consejo Superior Universitario, a partir de la onceava semana hasta la finalización del ciclo (16ª) por causa debidamente justificada.

Todo Trámite debe realizarlo en las instalaciones de la Administración Académica de la Facultad en el periodo correspondiente y cumplir con los requisitos que se solicita, para cada trámite en particular.

Procedimiento:
El estudiante que necesita efectuar retiro de Unidades de Aprendizaje  en período especial, el cual requiere Acuerdo de Consejo Superior Universitario, deberá realizar lo siguiente:

  • Presentar su solicitud de retiro de casos especiales, en la Administración Académica en papel bond tamaño carta, justificando su retiro.

Anexar:

  • Constancia(s) que justifique(n)el retiro especial (total de asignaturas);
  • Fotocopia de comprobante de Inscripción;
  • Fotocopia de recibos de pagos, cancelados: la matrícula y todas las cuotas correspondientes a la fecha en que presenta la solicituddel respectivo ciclo lectivo.

Constancias(podrá ser por):

       a)   Enfermedades graves y/o incapacitantes;

       b)  Accidentes graves y/o incapacitantes;

       c)  Problemas durante el embarazo, según constancia médica;

       d)  Cuando el estudiante fuese favorecido con beca para realizar estudios en el extranjero;

       e)  Situación económica, según documento probatorio o declaración jurada;

       f)  Situación laboral; y

      g)  Otras causas de fuerza mayor valoradas por Junta Directiva de la Facultad.

Para atestar en los literales “a”, “b” y “c” deberán presentar constancia médica con el Visto Bueno de Bienestar Universitario, a excepción de las emitidas por el Instituto Salvadoreño del Seguro Social.


Nota:

  • La solicitud del retiro especial de Unidades de Aprendizaje no procede cuando se presenta en fechas posterioral período establecido en el calendario académico y cuando no se anexe la constancia respectiva que justifique el retiro.
  • Ninguna instancia podrá autorizar retiro de asignaturas correspondientes a ciclos anteriores.
  • Si para el siguiente ciclo lectivo no tiene asignaturas que cursar se sugiere realizar el trámite de RETIRO OFICIAL, en la Administración Académica Central.

Descargue la solicitud aquí: