Cambio de Carrera
Procedimiento:
Con base en el Art. 156 del Reglamento de la Gestión Académico-Administrativa de la Universidad de El Salvador, el estudiante que desea cambiarse de carrera deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Deberá haber sido estudiante regular durante un año académico como mínimo, conforme lo establece el Art. 66 del Reglamento General de la Ley Orgánica;
- Deberá realizar prueba de aptitudes que le oriente en el área de conocimiento solicitada;
- No haber reprobado unidades de aprendizaje en tercera matrícula, que sean obligatorias en la carrera solicitada o resulten equivalentes;
- No tener pendiente el cumplimiento de sanción disciplinaria.
Trámite:
- Ejecutarlo en el periodo señalado en el calendario de actividades administrativo-académicas aprobado por el Honorable Consejo Superior Universitario;
- Presentar la solicitud de cambio de carrera (papel bond tamaño carta) en la Administración Académica de la Facultad (AAF) donde imparten la carrera que desea estudiar;
Presentar la siguiente documentación:
- Expresión escrita que justifique la causa del cambio de carrera;
- Original y fotocopia de documento único estudiantil;
- Solvencias (biblioteca de procedencia y central, instrumentos y/o material de laboratorio, etc.);
- Resultado de la prueba de aptitudes;
- Constancia de no tener pendiente el cumplimiento de sanción disciplinaria;
- Solvencia de matrícula y escolaridades o exención;
- Actualizar su documentación si ha cambiado de DUI, NIT, Partida de nacimiento;
- Simultáneamente a la solicitud de cambio de carrera, el estudiante presentará solicitud de Equivalencias.
- Cuando sea cambio interno,cumplirá los literales “a” y “e”.
Para Profesorados anexar:
- Copia de PAES (la nota debe ser mayor o igual al promedio general).
- Copia de notas de bachillerato (1º y 2º año).
Para estudiantes de otras Facultades presentar:
- Fotocopia de DUI y NIT, fotocopia de certificado de salud y examen de tórax;
- Record Académico. (copia de su expediente de notas en línea). Al finalizar el Ciclo respectivo la AAL solicitará a la Académica de origen, el registro respectivodebidamente firmado y sellado.
Para cambio de carrera a cualquier profesorado:
- Realizar Prueba Psicológica (la fecha de realización de la prueba se les indicaráoportunamente).
- Tener Promedio y CUM mayor o igual a 7.00
- Nota global de PAES, deberá ser mayor o igual al promedio nacional.
- Debe cumplir con el promedio global de 7.0, considerando conjuntamente las notas finales en los dos años de bachillerato y en las cuatro materia básicas: Matemática, Lenguaje, Ciencias Naturales y Estudios Sociales y Cívica).
- Si una de estas condiciones no se cumple, el cambio de carrera automáticamente No Procede.
Año y puntaje mínimo aceptado de PAES:
- 1997=6.1 1998=6.4 1999=5.0 2000=5.2 2001=5.4
- 2002=1682 2003=1688 2004=1691 2005=5.0 2006=5.5
- 2007=5.9 2008=6.2 2009=4.9 2010=5.1 2011=4.8
Nota
La solicitud de Cambio de Carrera NO PROCEDERÁ, cuando:
- El estudiante que haya reprobado asignatura en 3a matrícula, que sean obligatorias en la carrera solicitada.
- El estudiante presente su solicitud de cambio de carrera fuera de las fechas establecidas en el Calendario Académico
- El estudiante sea de Nuevo Ingreso y solicite cambio en el año académico de su ingreso.
Descargue la solicitud aquí: