Traslados
Art. 163.- El traslado de estudiantes entre Facultades, es la acción voluntaria o forzada, que realiza un estudiante para continuar el estudio de la misma carrera en diferente Facultad.
Se consideran razones de traslado forzado, cuando el estudiante cambia de domicilio familiar o laboral y enfermedad.
Se consideran razones de traslado forzado, cuando el estudiante cambia de domicilio familiar o laboral y enfermedad.
Presentar la siguiente documentación:
a) Solicitud de trámite con la justificación del caso;
b) Original y fotocopia de documento único estudiantil;
c) Solvencia de bibliotecas, materiales y equipos de acuerdo a la carrera;
d) Resultado de prueba de aptitudes; y
e) Constancia de no tener pendiente el cumplimiento de sanción disciplinaria, emitida por el Secretario de la Facultad.
f) Una fotografía tamaño 4.5X3.5cm.
g) Fotocopia de recibos de matrícula y escolaridad o exención.
h) Fotocopia de DUI, NIT, F-2
i) Si el traslado procede para carreras de profesorado, anexar: copia de notas de primer y segundo año de bachillerato, copia de PAES y copia de Prueba Psicológica.
Los comprobantes de los requisitos exigidos en el inciso anterior, deberán ser firmados y sellados por las autoridades competentes.
Art. 167.- El traslado procederá para aquel estudiante que haya inscrito y cursados las unidades de aprendizaje de un año académico como mínimo.
Lugar: Administración Académica de la Facultad de destino.
Este trámite debe realizarse en las instalaciones de la Administración Académica de la Facultad de destino en los periodos correspondientes y cumplir con los requisitos que se solicite conforme al Reglamento.
Procedimiento:
- Presentar solicitud en la Administración Académica Local, en hoja de papel bond tamaño carta, con toda la documentación requerida.
Nota:
- Si ha estado inactivo traer fotocopia de reserva de matrícula o comprobante de reingreso.
Descargue aquí la solicitud: