Traslados

Art. 163.- El traslado de estudiantes entre Facultades, es la acción voluntaria o forzada, que realiza un estudiante para continuar el estudio de la misma carrera en diferente Facultad.
Se consideran razones de traslado forzado, cuando el estudiante cambia de domicilio familiar o laboral y enfermedad.
 
Presentar la siguiente documentación:

a)   Solicitud de trámite con la justificación del caso;

b)   Original y fotocopia de documento único estudiantil;

c)   Solvencia de bibliotecas, materiales y equipos de acuerdo a la carrera;

d)   Resultado de prueba de aptitudes; y

e)   Constancia de no tener pendiente el cumplimiento de sanción disciplinaria, emitida por el Secretario de la Facultad.

f)    Una fotografía tamaño 4.5X3.5cm.

g)   Fotocopia de recibos de matrícula y escolaridad o exención.

h)   Fotocopia de DUI, NIT, F-2

i)   Si el traslado procede para carreras de profesorado, anexar: copia de notas de primer y segundo año de bachillerato, copia de PAES y copia de Prueba Psicológica.

Los comprobantes de los requisitos exigidos en el inciso anterior, deberán ser firmados y sellados por las autoridades competentes.

Art. 167.- El traslado procederá para aquel estudiante que haya inscrito y cursados las unidades de aprendizaje de un año académico como mínimo.
Lugar: Administración Académica de la Facultad de destino.
Este trámite debe realizarse en las instalaciones de la Administración Académica de la Facultad de destino en los periodos correspondientes y cumplir con los requisitos que se solicite conforme al Reglamento.

Procedimiento:
  • Presentar solicitud en la Administración Académica Local, en hoja de papel bond tamaño carta, con toda la documentación requerida.

Nota:
  • Si ha estado inactivo traer fotocopia de reserva de matrícula o comprobante de reingreso.

Descargue aquí la solicitud: